La presente Ley tiene como objeto armonizar los preceptos legales y jurisprudenciales actuales contenidos en el numeral 2 de parágrafo 2 del artículo 37 del Estatuto Tributario, donde se definen la condiciones de dependientes para efectos de la deducción de la base de retención, para contribuyentes que se encuentren financiando los estudios de sus hijos en instituciones de educación superior certificadas por el ICFES o le autoridad oficial correspondiente; o en los programas técnicos de educaciór no formal debidamente acreditados por la autoridad competente.