La presente Ley tiene por objeto la creación, reconocimiento, sostenibilidad financiera y funcionamiento de las Casas Refugio en Honduras, para la atención de las mujeres víctimas-sobrevivientes de cualquier tipo de violencia o mujeres que se encuentren en riesgo por una condición especial de vulnerabilidad, como ser: Migrante, migrante retornada, refugiada, desplazada, víctima de trata u otras circunstancias análogas.