Esta norma hace efectivo el derecho a la identidad étnica y cultural que el Estado ha de proteger, según reconoce la Constitución Política del Perú. Además se fundamenta la misma en el objetivo prioritario del Estado de garantizar el pleno ejercicio de los derechos humanos fundamentales de los pueblos indígenas, así como el pleno acceso a las garantías propias del Estado de Derecho, respetando sus valores, costumbres y perspectivas.